Sustracción Internacional – Datos estadísticos de Portugal
El Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, ratificado por Portugal el 12 de septiembre de 1990, establece, en su artículo 6, que cada Estado contratante designará una Autoridad Central responsable por el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Convenio.
En Portugal, la Autoridad Central es la “Direção-Geral de Reinserção e Serviços Prisionais”, también conocida como DGRSP. En este contexto, la Oficina Jurídica y Procesal (GJC), como unidad organizativa a quién cabe el apoyo técnico y jurídico a los órganos y servicios de la DGRSP, representa a la Autoridad Central portuguesa en materia de sustracción parental y promoción y protección de los niños.
Desafortunadamente, no tenemos datos confiables sobre las decisiones judiciales portuguesas en casos de Sustracción Internacional de niños, sino simplemente algunos datos publicados por la Autoridad Central portuguesa. Y, de hecho, los procedimientos pueden interponerse directamente ante los tribunales portugueses, sin pasar previamente por la Autoridad Central, como establece el artículo 18 del Convenio de La Haya de 1980 y, como complementa, los artículos 22 y 24 del Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de25 de Junio 2019. Este último es aplicable a las demandas presentadas a partir del 1 de agosto de 2022, y el anterior Reglamento (CE) No. 2201/2003 continúa aplicándose a las decisiones dictadas en demandas presentadas antes de esa fecha.
En 2020, se iniciaron 31 solicitudes de restitución del niño a Portugal ante la Autoridad Central portuguesa: 6 por Brasil, 6 por Francia, 5 por el Reino Unido, 3 por España, 2 por Rusia y Polonia y 1 por Suiza, Rumania, Marruecos, Irlanda del Norte, Estonia, Australia y Alemania.
En el mismo año, se presentaron 41 solicitudes de retorno a otros países a la Autoridad Central portuguesa: 9 al Reino Unido, 7 a Francia, 6 a Brasil, 4 a Alemania, 3 a Suiza y 1 a Suecia, Noruega, Luxemburgo, Italia, Islandia, Jersey, Países Bajos, Estados Unidos, España, Eslovenia, Canadá y Bélgica.
En 2021, se presentaron 40 solicitudes de restitución del niño a Portugal ante la Autoridad Central portuguesa: 8 del Reino Unido, 6 de Francia, 5 de Brasil, 4 de Luxemburgo, 2 de los Estados Unidos, Colombia, Suiza, Bélgica y Polonia, y 1 de Noruega, Ucrania, Alemania, los Países Bajos, España, Grecia y Malta.
También en 2021, se presentaron 35 solicitudes de retorno a otros países ante la Autoridad Central portuguesa: 7 para Brasil, 6 para el Reino Unido y Francia, 3 para Alemania, Bélgica y Suiza, y 1 para España, Estados Unidos, Irlanda, Luxemburgo, Moldavia, Polonia y Rusia.
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Más información sobre la sustracción internacional de menores
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